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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2015-S1

    Fecha: 02-Feb-2015

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • concedió
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 10
    • III.1.
    • el legislador ha previsto la vía incidental a tramitarse ante el juez cautelar, para que se reclame la devolución de los bienes o se solicite autorización para ejecutar los bienes incautados que hubiesen sido gravados con anterioridad. Estos incidentes están regulados en su procedimiento por las normas establecidas en los arts. 155 y 256 del CPP.
    • '…el art. 54 inc. 7) del CPP, establece que los jueces de instrucción serán competentes para: «Conocer y resolver sobre la incautación de bienes y sus incidentes».
    • Fragmento 14
    • la acción de amparo constitucional por su carácter subsidiario,
    • Fragmento 16
    • III.4.    Análisis del caso concreto
    • se encuentra incautado
    • pero que no estén sujetos a incautación
    • REVOCAR

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