SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2015-S1

Fecha: 02-Feb-2015

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante a través de su representante denuncia la vulneración de sus derechos a la propiedad, al acceso a la justicia, el debido proceso, al trabajo y el el principio de seguridad jurídica; toda vez que, aproximadamente a horas 11:00 del 22 de enero de 2014, patrullas de la UMOPAR ingresaron al galpón de Pedro Herrera, y bajo amenazas lo obligaron a que les entregue las llaves de tres tractores, alegando que los mismos serían utilizados para auxiliar a sus camaradas e ir en busca de una fábrica de droga; más tarde a horas 23:00, los efectivos policiales volvieron al galpón y devolvieron dos de los tres motorizados, llevándose el tractor del accionante, sin tomar en cuenta para tal cometido lo establecido en el art. 186 del CPP, pues actuaron de forma arbitraría y con medidas de hecho, ya que no elaboraron acta de secuestro ni inventario, no hubo orden de secuestro de ninguna autoridad, no fueron notificados el accionante ni Pedro Herrera; para efectuar ese actuado que estaría ocasionando perjuicio al accionante, ya que dicho motorizado es su herramienta de trabajo.