SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2015-S1

Fecha: 02-Feb-2015

Fragmento 16

              El accionante a través de su representante señaló, que el 22 de enero de 2014 a horas 11:00 aproximadamente, patrullas de la UMOPAR ingresaron al galpón de Pedro Herrera, y bajo amenazas y amedrentamiento lo obligaron a que les entregue las llaves de tres tractores, alegando que necesitaban los mismos para auxiliar a sus camaradas e ir en busca de una fábrica de droga; más tarde a horas 23:00 volvieron al galpón mencionado, donde devolvieron dos de los tres motorizados. Llevándose el tractor de propiedad del accionante a Santa Fe de Yapacaní, sin tomar en cuenta lo establecido en el art. 186 del CPP, ya que actuaron de forma arbitraría y con medidas de hecho, pues no elaboraron acta de secuestro ni inventario alguno, tampoco hubo orden de ninguna autoridad, para efectuar ese actuado, además que no se notificó al accionante ni a Pedro Herrera; con el secuestro del tractor, lo cual ocasiona un perjuicio al accionante, debido a que dicho motorizado es su herramienta de trabajo.