Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2015-S1
Fecha: 06-Feb-2015
a)
Solicita se conceda la tutela; y en consecuencia, se disponga: a) Dejar sin efecto el Auto de Vista de 23 de abril de 2014 y por consiguiente el mandamiento de detención preventiva; b) Establecer la responsabilidad penal y civil de las autoridades demandadas; y, c) Condenar al pago de daños y perjuicios.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y presupuestos de activación de la acción de libertad
- de manera que la notificación en el tablero de la Sala que resuelva la apelación es legal y por lo mismo válida”
- III.3. Sobre la fundamentación y congruencia en la Resoluciones emitidas por el Tribunal de alzada
- Tribunal de apelación, está obligado a motivar y fundamentar su Resolución, precisando los elementos de convicción que le permiten concluir en la necesidad de revocar las medidas sustitutivas y aplicar la detención preventiva
- III.4. Análisis del caso concreto