SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0049/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0049/2015-S3

Fecha: 02-Feb-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Desde el 18 de octubre de 2005, ocupa en calidad de alquiler una tienda -centro de belleza “VIKY”-, ubicado en la Av. Tiahuanacu, calle 5, número 155, de la zona 12 de octubre de El Alto, por la cual otorgó en calidad de garantía la suma de $us2 500.- (dos mil quinientos dólares estadounidenses); empero, el 3 de abril de 2013, en la mañana, la demandada junto a varias personas, sin razón alguna irrumpieron, en forma violenta, la tienda que ocupaba, señalando: “te vas a ir quieras o no quieras, ya verás de lo que soy capaz, te voy a sacar y no te voy a devolver el dinero” (sic), procediendo a desalojarla, sacando sus herramientas de trabajo a la calle y llevándose la pequeña puerta de la tienda.

Refiere que, en ese momento llegó la Policía a tomar conocimiento de los hechos, abriéndose el caso 2040/13, el cual está en etapa de investigación; no obstante, en la tarde del mismo día, arbitrariamente la demandada cortó la energía eléctrica, cerrando con candado el medidor de luz, privándole así de su actividad laboral. Finaliza indicando que, a nadie le está permitido realizar justicia por mano propia.