SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0051/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0051/2015-S3

Fecha: 02-Feb-2015

II.1.

II.1.  Dentro del conflicto laboral por el pliego de reclamaciones presentado por el Sindicato de Trabajadores de NUDELPA Ltda., existen varias actas de suspensión de audiencia de avenimiento por diferentes causas: a) De 13 de enero de 2014, por ausencia del Árbitro Patronal (fs. 74); b) De 14 y 17 de igual mes y año, por ausencia del representante legal de la parte patronal, Jorge Nuñez del Prado Arana, quien era el único que estaba habilitado con poder de decisión y no se encontraba en el país (fs. 54 a 56 y 61 a 63); c) De 20 de ese mes y año, por ausencia del Árbitro Patronal, Jorge Arnaldo Rivero Justiniano, justificada mediante carta, por razones de viaje a la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, dejando en consideración su reemplazo (fs. 52); y, d) Finalmente, de 21 del referido mes y año, por ausencia del mismo Árbitro Patronal antes señalado (fs. 49 a 50).