SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2015-S2

Fecha: 03-Feb-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En su condición de ingeniero agrónomo, ingresó a trabajar al SENASAG, en diferentes cargos, desde el 2 de enero de 2004, hasta el 2 de mayo de 2007, posteriormente, mediante concurso de méritos y examen de competencia, a nivel nacional, ascendió a inspector fitosanitario, encargado de la oficina regional Yacuiba, hasta el 1 de febrero de 2011, fecha en la cual, mediante memorándum SENASAG/AP-DN 0267/2011, sin explicación ni motivo alguno, de manera irregular le bajaron de cargo, reasignándole al puesto de profesional 1 de inocuidad alimentaria; sin embargo, al mantener el mismo sueldo, no realizó reclamo alguno, permaneciendo en dicha institución hasta el 13 de agosto de 2013, obligándole, por memorándum SENASAG/RRHH AGR-013-2013 de 14 de agosto, hacer uso de sus vacaciones desde el 15 de similar mes y año hasta el 25 de septiembre del citado año, para luego despedirlo, supuestamente, por restructuración de personal, sin considerar su trabajo ininterrumpido de nueve años y ocho meses ni su discapacidad motora del 35%.