SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2015-S2
Fecha: 03-Feb-2015
III.2. El principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional y sus excepciones
La acción de amparo constitucional, se rige por los principios de inmediatez y subsidiariedad; no obstante, en la nueva estructura constitucional es posible hacer abstracción del principio de subsidiariedad, entre otros casos, cuando la vulneración de derechos involucre a personas con capacidades diferentes, ello, a fin de tutelar de manera rápida, oportuna, evitando un daño mayor a dicho grupo vulnerable de la sociedad. Así, la SCP 1052/2012 de 5 de septiembre, señaló: “…en el marco estrictamente proteccionista de velar por el interés de los más frágiles como es el sector de las personas con discapacidad, la jurisprudencia constitucional a instituido la excepción al principio de subsidiariedad, a partir de la SC 1422/2004-R de 31 de agosto, que marcó el cambio de línea jurisprudencial con relación al principio de subsidiariedad tratándose de personas con discapacidad, pues sostuvo: '…no hace obligatorio acudir previamente a esos organismos para interponer el amparo constitucional y declararlo improcedente por su carácter subsidiario, por cuanto con esa omisión no resulta afectado este principio ante el hecho de que el acudir o no a esos organismos creados para la protección de personas discapacitadas, no incide en la subsidiariedad del recurso de amparo, Por el contrario éste abre su ámbito de protección al tratarse de un derecho que precisa ser protegido de forma inmediata ante el evidente perjuicio causado al recurrente con la pérdida de su fuente laboral y, consiguientemente, de su medio de subsistencia, que muy difícilmente podrá ser reemplazado'”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional y sus excepciones
- El Estado protegerá la estabilidad laboral
- Inamovilidad
- III.3.3 El derecho a la petición
- III.4. Análisis del caso concreto
- 1º CONFIRMAR en parte