SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0057/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0057/2015-S3

Fecha: 02-Feb-2015

II.2.

II.2. María Eugenia Rejas Mendieta, presentó el 16 de agosto de 2013, recurso de casación en el fondo argumentado que existía una interpretación errónea sobre el monto que se debe tomar en cuenta de la indemnización; puesto que, el Auto de Vista 63/2013 de 15 de julio, dispuso el monto de Bs13 852 (trece mil ochocientos cincuenta y dos 00/100 bolivianos), tomando en cuenta únicamente el 11% de su sueldo en general, sin reconocer el 89% del total percibido que asciende a Bs85 743 (ochenta y cinco mil setecientos cuarenta y tres 23/100 bolivianos) (fs. 430 a 433).