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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2015-S1

    Fecha: 11-Feb-2015

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    • acción de libertad,
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • Lía Cardozo Veizán, Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal del departamental de La Paz
    • I.2.3. Intervención del Ministerio Público
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Carácter subsidiario de la acción de libertad
    • 4. Cuando existe imputación y/o acusación formal, y se impugna una resolución judicial de medida cautelar que por ende, afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada
    • III.2. El recurso de apelación incidental previsto por el art. 251 del CPP, como medio idóneo de impugnación respecto a resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen medidas cautelares
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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