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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2015-S3

    Fecha: 02-Feb-2015

    I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados

    El accionante por intermedio de su representante señala como lesionados sus derechos a la libertad de circulación, a la libertad personal, a la dignidad, a la seguridad personal, y a ser protegido oportuna y efectivamente por los jueces y tribunales en ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, citando al efecto los arts. 21.7, 22, “34.I” y 115.I de la Constitución Política del Estado (CPE).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • I.3.    Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • todo tipo de decisiones judiciales vinculadas al derecho a la libertad personal, tienen que ser: tramitadas, resueltas
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • 3°

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