SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2015-S3

Fecha: 02-Feb-2015

II.3.

II.3.  El Auto 242 de 18 de octubre de 2013, pronunciado por los Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, ante la consulta de recusación interpuesta por Y.P.F.B, señaló lo siguiente: “Que, de la revisión del Auto de fecha 17 de Octubre del 2013, que resuelve la demanda de recusación, se tiene que en su Por tanto: los Otrosíes del memorial de la demanda de recusación interpuesta por YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES BOLIVIANOS, no fueron resueltos, por lo que se ordena la devolución del expediente al juzgado de origen con la finalidad de que se subsane y corrija lo observado.