SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0096/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0096/2015-S1

Fecha: 13-Feb-2015

I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados

Los accionantes consideran lesionados sus derechos a la petición, al libre y eficaz ejercicio de los derechos, a no ser obligados a efectuar lo que la Constitución Política del Estado y las leyes no manden, a la igualdad de garantías, a la tutela judicial efectiva, al debido proceso, a la defensa y a la igualdad de oportunidades; asimismo, los principios de legalidad, reserva legal y seguridad jurídica; citando al efecto los arts. 14.III y IV, 24, 109, 115, 117.I, 119 y 232 de la Constitución Política del Estado (CPE); 1, 7, 8 y 10 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 8.1 y 2 incs. b) y c), 24, 25.1, y 29 inc. a) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 2.1 y 2 incs. a) y b), 14.1, y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).