Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0096/2015-S1
Fecha: 13-Feb-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes, denuncian que las autoridades demandadas lesionaron sus derechos a la petición, al libre y eficaz ejercicio de los derechos, a no ser obligado a efectuar lo que la Constitución Política del Estado y las leyes no manden, a la igualdad de garantías, a la tutela judicial efectiva, al debido proceso, a la defensa y a la igualdad de oportunidades; asimismo, los principios de legalidad, reserva legal y seguridad jurídica; porque en el Auto Supremo 354/2013-RRC, dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, al resolver el recurso de casación incurrió en falta de fundamentación, además, de incongruencias y omisiones que hacen procedente la presente acción.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. N
- Fragmento 14
- III.2. D
- , la importancia de la fundamentación y motivación de las decisiones judiciales, radica básicamente en que el juzgador, a tiempo de emitir su veredicto debe plasmar de manera clara, las razones, motivos y, explicar las normas en las que fundó su decisión, de modo que, los justiciables tengan el conocimiento y control sobre la resolución que les involucra a ellos en su condición de partes en la sustanciación del proceso”
- potestad inviolable del individuo a ser escuchado en juicio presentando las pruebas que estime convenientes en su descargo, haciendo uso efectivo de los recursos que la ley le franquea.
- a menos que como resultado de esa valoración se hayan lesionado derechos y garantías constitucionales por apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad o cuando se hubiere omitido arbitrariamente valorar una prueba
- el análisis se realizará cuando se denuncie la existencia de una resolución irrazonable, emitida sobre la base de una incorrecta interpretación de las normas y con signos de incoherencia en su estructura de los fundamentos jurídicos.
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR