SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0100/2015-S3
Fecha: 04-Feb-2015
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El representante del menor AA, a través de su abogado en audiencia ratificó in extenso los términos expuestos en su memorial de interposición de la acción de libertada y ampliándolos, refirió que, la Fiscal demandada, una vez identificado el lugar donde se encontraba el menor, determinó que sea sacado, en cumplimiento al mandamiento; sin embargo, no se le entregó a su progenitor, como correspondía. Asimismo, señaló que presentaron memoriales solicitando la entrega del menor AA, además, la Jueza Segunda de Partido de la Niñez y Adolescencia del departamento de La Paz, ante el informe presentado por la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, emitió providencia ordenando la entrega del menor; empero, no se dio cumplimiento a la misma.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a)
- Toda niña, niño y adolescente tiene derecho a vivir y a crecer en el seno de su familia de origen o adoptiva
- y en la necesidad de propiciar el desarrollo de éstos
- Cualquier decisión relativa a la separación del niño de su familia debe estar justificada por el interés del niño
- i)
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1º