Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0107/2015-S2
Fecha: 20-Feb-2015
III.
El accionante a través de su representante, denuncia que se vulneró su derecho al debido proceso, en sus vertientes: a la defensa, presunción de inocencia, falta de motivación, fundamentación e incongruencia, y seguridad jurídica; por cuanto, el Fiscal Departamental de Potosí -ahora demandado-, mediante Resolución 87/2013 de 19 de septiembre, emitida en forma incongruente, sin la debida fundamentación, revocó la Resolución objetada dictada por el Fiscal de Materia que rechazó la querella interpuesta en su contra.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Fundamentación de las resoluciones fiscales
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo