SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0121/2015-S1
Fecha: 20-Feb-2015
revestida o estructurada con una tramitación especial y sumarísima
En tal sentido, debe señalarse que la ingeniería dogmática de la acción de libertad está diseñada sobre la base de dos pilares esenciales, el primero referente a su naturaleza procesal y el segundo, compuesto por los presupuestos de activación. En cuanto al primer aspecto que configura el contenido esencial de esta garantía, es decir, su naturaleza procesal, se establece que se encuentra revestida o estructurada con una tramitación especial y sumarísima, reforzada por sus características de inmediatez en la protección, informalismo, generalidad e inmediación; procede contra cualquier servidor público o persona particular, es decir, no reconoce fueros ni privilegios. Postulados que pueden ser inferidos de la norma constitucional antes referida.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- cese la persecución indebida, se restablezcan las formalidades legales o se restituya su derecho a la libertad´
- revestida o estructurada con una tramitación especial y sumarísima
- Acto y omisión que constituya procesamiento indebido
- La recusación se presentará
- este tiene un efecto suspensivo porque la autoridad jurisdiccional
- III.3.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR