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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2015-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2015-S2

    Fecha: 23-Feb-2015

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    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • I.2.2. Informe de la autoridad demandada
    • I.2.3. Intervención del Ministerio Público
    • denegó
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza Jurídica de la acción de libertad
    • Fragmento 9
    • Fragmento 10
    • Fragmento 11
    • III.2.  De la valoración de la prueba en acciones de libertad
    • En ese marco, no corresponde a la jurisdicción constitucional efectuar la función de ponderación que compete única y exclusivamente a los jueces y tribunales que tienen a su cargo la causa; en el entendido, que este Tribunal tiene por función exclusiva ejercer el control de constitucionalidad y resguardar el respeto de los derechos reconocidos en la Constitución Política del Estado y en la ley y no así la ponderación de los suficientes elementos que motivaron la imposición o no de una medida cautelar, como sería el caso de la detención preventiva
    • III.3.  Supuestos para tener un acto como persecución ilegal o indebida
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR en todo

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