Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0137/2015-S2
Fecha: 23-Feb-2015
II.2.
II.2. Mediante acta de suspensión de audiencia de cesación a la detención preventiva de 14 de julio de 2014, la Jueza Quinta de Instrucción en lo Penal, señaló nueva fecha de audiencia para el 23 del referido mes y año, a horas 16:00, a realizarse en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz “Palmasola” (fs. 13).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Las decisiones judiciales vinculadas al derecho a la libertad personal deben ser: a) tramitadas; b) resueltas; y, c) efectivizadas con celeridad
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 13
- CONFIRMAR en todo