Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0137/2015-S2
Fecha: 23-Feb-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia vulneración de su derecho al debido proceso, vinculado a su libertad, arguyendo que el Director del Centro de Rehabilitación Santa Cruz “Palmasola”, no cumplió con el traslado instruido por la Jueza Quinta de Instrucción en lo Penal, para asistir a la audiencia de cesación a la detención preventiva fijada para el 14 de julio de 2014, a la cual concurriría en su condición de imputado y a efecto de ejercer su defensa legal como abogado.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Las decisiones judiciales vinculadas al derecho a la libertad personal deben ser: a) tramitadas; b) resueltas; y, c) efectivizadas con celeridad
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 13
- CONFIRMAR en todo