Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2015-S3
Fecha: 19-Feb-2015
II.7.
II.7. A fs. 15 cursa la solicitud de 23 de junio de 2014, de apoyo logístico, declaratoria en comisión y viáticos para el caso “terrorismo” a la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, suscrita por los Jueces Técnicos actualmente demandados, dirigida ante el Presidente del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, quien dispuso lo peticionado el 24 de igual mes y año, desde el 30 de junio hasta el 11 de julio de ese año (fs. 15 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Fragmento 4
- i)
- concedió
- II.1.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y ámbito de protección de la acción de libertad:
- al hábeas corpus traslativo o de pronto despacho
- por medio del hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad'
- III.2. Análisis del caso concreto
- o de otro carácter que fueren necesarias