Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0143/2015-S2
Fecha: 23-Feb-2015
II.2.
II.2. Resolviendo el recurso presentado, el 25 de abril de 2014, la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dictó Auto de Vista 154/11, declarando improcedente el recurso presentado y confirmó la Sentencia impugnada (fs. 294 a 299 vta.); es así que, Jhonny David Andrade Cuéllar, el 23 de mayo de 2011, interpuso recurso de casación con similares argumentos que el recurso de apelación presentado (fs. 327 a 331 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Del recurso de casación: jurisprudencia y normativa aplicable al caso
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo