Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0143/2015-S2
Fecha: 23-Feb-2015
III.
El accionante a través de su representante, denuncia que se vulneraron sus derechos al debido proceso, en sus elementos a la fundamentación, motivación, congruencia y pertinencia, vinculados a la seguridad jurídica y el principio de legalidad, por cuanto, ante un proceso penal llevado en su contra, se dictó Sentencia condenatoria y habiendo impugnado la misma, mediante el recurso de apelación y casación; los Magistrados de la Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia declararon este último, inadmisible con argumentos excesivamente formalistas e incumpliendo el precedente constitucional contenido.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Del recurso de casación: jurisprudencia y normativa aplicable al caso
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo