SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2015-S1

Fecha: 26-Feb-2015

a)

Lía Cardozo Veizan, Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, presentó informe escrito cursante a fs. 11 y vta., señalando que: a) Los actos administrativos como la remisión del cuaderno procesal al Tribunal de alzada, son de responsabilidad del secretario y auxiliar del Juzgado; por informe de éstos refieren que el cuaderno procesal no fue enviado al Tribunal de apelación, debido a la inexistencia del mandamiento de detención preventiva; b) El expediente fue remitido a su similar Primero; y, c) El accionante no observó el principio de subsidiariedad, toda vez que, la autoridad -ahora demandada- “se encontraba cumpliendo el turno en la vacación judicial”.