SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2015-S1

Fecha: 26-Feb-2015

I.2.2. Informe de la autoridad demandada

Karina Zulema Villegas Noguera, Responsable Departamental de Recursos de Alzada Tarija de la ARIT Cochabamba, por informe escrito cursante de fs. 85 a 91, y en audiencia, expresó que la acción de amparo constitucional formulada en su contra resulta improcedente por cuanto, la parte accionante, no ha agotado los medios intraprocesales previa activación de la jurisdicción constitucional; es decir que, frente a la Resolución de rechazo del recuro de alzada, correspondía por mandato de los arts. 131 en relación al 144 del CTB, que interponga recurso jerárquico; al no haberlo hecho, ha incurrido en omisión del principio de subsidiariedad de la presente acción tutelar, previsto en los arts. 129.I de la CPE con relación al 53 y 54 del Código Procesal Constitucional (CPCo), así como la extensa jurisprudencia constitucional al respecto.