SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2015-S1

Fecha: 26-Feb-2015

III.2. Mecanismos de impugnación específicos en materia tributaria

Ahora bien, establecidos los actos definitivos contra los cuales opera el recurso de alzada, es preciso establecer que, dicho recurso deberá interponerse dentro del plazo perentorio de veinte (20) días improrrogables, computables a partir de la notificación con el acto a ser impugnado; previsión normativa complementada por el art. 4 de la Ley 3092, que establece que el recurso de alzada ante la Superintendencia Tributaria será admisible también contra: