SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0169/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0169/2015-S1

Fecha: 26-Feb-2015

concedió

La Sala Civil, Familiar, Social de la Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 15 de 8 de julio de 2014, cursante de fs. 105 a 106 vta., concedió la tutela solicitada y dispuso que los demandados saquen los candados y permitan el acceso a los accionantes para la restitución de los muebles y enseres otorgándoles un plazo de tres días; con los siguientes fundamentos: a) En la acción de amparo constitucional no se discuten derechos controversiales, como el de los terceros interesados o de la demandada,  siendo que existen derechos vulnerados a través de medidas de hecho, por lo que se flexibiliza el principio de subsidiariedad, con la finalidad de brindar la tutela por la inmediatez y para evitar abusos contrarios al orden constitucional ante el ejercicio de justicia por mano propia, como señala la SCP 0929/2014 de 15 de mayo; y, b) Por las pruebas aportadas se evidenció que los demandados incurrieron en vías de hecho al sacar los bienes muebles, sin acudir a las autoridades correspondientes y tampoco tomaron en cuenta que los accionantes tenían sus negocios en el inmueble aspecto que no fue negado por los ahora demandados.