SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0176/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0176/2015-S2

Fecha: 25-Feb-2015

II.1.

II.1.  El representante de las accionantes, señala que el Juez Sexto de Instrucción en lo Penal, al fijar día y hora de audiencia de revocatoria de medidas sustitutivas, sin considerar la existencia de un recurso de apelación de la medida cautelar, interpuesto por la “parte civil”; así como la existencia de otro recurso de apelación, en torno a la excepción de incompetencia, incurrió en un acto indebido, ilegal y arbitrario, que amenaza restringir su libertad, toda vez que debió haber esperado que previamente se resuelvan dichas apelaciones (fs. 8 a 9).