SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0179/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0179/2015-S2

Fecha: 25-Feb-2015

III.2.  Sobre el plazo para señalar audiencia de consideración de medidas cautelares

“Durante la etapa preparatoria, el control jurisdiccional se encuentra a cargo del juez cautelar, instancia judicial encargada del control de todas las actividades de la investigación. Asumiendo un rol de juez de garantías, con la facultad de resolver los conflictos emergentes de la actividad investigativa del Ministerio Público, los derechos del imputado y de los demás sujetos procesales.