SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0183/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0183/2015-S2

Fecha: 25-Feb-2015

III.4.1. Respecto a la solicitud de explicación de la Resolución 049/2014 de 21 de julio

             El accionante solicitó explicación de la Resolución 049/2014, pronunciada dentro de otra acción de libertad que interpuso contra las mismas autoridades, en la que se le concedió la tutela, señalando que -en su criterio- dicha determinación se equipararía a obtener su libertad, habiendo solicitado la misma ante la Jueza Tercera de Instrucción en lo Penal, dicha autoridad                           “lo condiciono” (sic); ahora bien, en base a esos antecedentes se tiene que la pretensión del accionante se traduce a que por medio de esta acción tutelar, se le explique lo dispuesto por la Jueza Quinta de Sentencia Penal del departamento de La Paz, a través de la Resolución 049/2014, situación inviable conforme la jurisprudencia y el entendimiento glosados en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional; toda vez que, el accionante debió dirigir su solicitud de explicación ante la autoridad que pronunció el fallo constitucional, en la forma y plazo establecido en el art. 36.9 del Código Procesal Constitucional (CPCo); al no haberlo hecho, no puede pretender corregir su descuido a través de la presentación de otra acción tutelar, como tampoco la justicia constitucional está para salvar la negligencia del accionante, en casos en los que no hizo uso oportuno de los medios y recursos que la ley le franquea; consiguientemente en virtud al análisis expuesto, corresponde denegar la tutela por este motivo.