Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0187/2015-S1
Fecha: 26-Feb-2015
II.3.
II.3. Mediante memorial de 9 de abril de 2014, Julio Cesar Guerrero Arraya, Fiscal de Materia, informa el inicio de investigaciones al Juez de Instrucción de turno en lo Penal del departamento de La Paz, emitiendo el respectivo requerimiento de “12 de marzo de 2014” (sic), por el que requiere “recabar las tarjetas prontuario de todas las personas involucradas en el presente caso” (sic) (fs. 22 y 22 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.3.
- II.5.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. De la posibilidad de reclamar los actos del Ministerio Público o de la Policía Boliviana ante el juez cautelar al constar informe de inicio de investigaciones, a fin de dar cumplimiento a la subsidiariedad excepcional que caracteriza a la acción de libertad
- la subsidiariedad opera únicamente en los asuntos en los que conste inicio de investigación
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR