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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0188/2015-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0188/2015-S2

    Fecha: 25-Feb-2015

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • 1)
    • Fragmento 4
    • II.1.
    • a)
    • III.1.  La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
    • III.2.
    • habiendo la Constitución Política del Estado vigente acogido expresamente el mismo, adoptando con ello el requisito imprescindible que el accionante debe cumplir, de presentar su recurso dentro de los seis meses a partir de la supuesta vulneración cometida o de la notificación con la resolución judicial o administrativa que se considera lesiva de derechos fundamentales y garantías constitucionales
    • III.3.  Del recurso de compulsa -art. 283 del CPC- y la subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
    • III.4.  Análisis
    • i)
    • CONFIRMAR

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