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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0192/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0192/2015-S3

    Fecha: 20-Feb-2015

    e)

    e)  En cuanto al criterio subjetivo del Tribunal al que hizo mención la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, resalta que el art. 7 del CPP establece las características de las medidas cautelares y entre ellas señala la proporcionalidad, tomando en cuenta el bien jurídico afectado y el derecho a la libertad del imputado; y,

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
    • a)
    • concedió
    • 1)
    • II.1.
    • II.2.
    • e)
    • f)
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Obligación del Tribunal de apelación de fundamentar y motivar la resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar
    • III.2.Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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