Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0192/2015-S3
Fecha: 20-Feb-2015
II.2.
II.2. Por Auto de Vista 100/2014 de 10 de julio, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declaró con lugar la apelación incidental interpuesta por la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, revocando la decisión del Tribunal Segundo de Sentencia Penal del departamento de Tarija, disponiendo la detención preventiva del imputado, en consecuencia se declara sin lugar la apelación de la defensa que argumentó como medida gravosa la detención domiciliaria.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- concedió
- 1)
- II.1.
- II.2.
- e)
- f)
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Obligación del Tribunal de apelación de fundamentar y motivar la resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar
- III.2.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR