SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0204/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0204/2015-S2

Fecha: 25-Feb-2015

III.3.  Sobre el derecho a recurrir y el alcance de lo previsto en el art. 398 del CPP

           Por su parte, el art. 398 de la misma norma penal, con relación a los límites establecidos por los tribunales de alzada al momento de conocer y resolver los recursos de apelación presentados por las partes, señala que: “Los tribunales de alzada circunscribirán sus resoluciones a los aspectos cuestionados de la resolución”.