Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0225/2015-s2
Fecha: 25-Feb-2015
CONFIRMAR en todo
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda, en virtud a la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. art. 44.1, del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR en todo la Resolución 317/2014 de 26 de junio, cursante de fs. 396 a 401 vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías; y, en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- III.1.
- III.2. El debido proceso en su elemento motivación de las resoluciones
- III.3. La valoración de la prueba, facultad privativa a la jurisdicción ordinaria
- III.4.
- CONFIRMAR en todo