SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0242/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0242/2015-S1

Fecha: 26-Feb-2015

i)

Waldo Moscoso, abogado de los terceros interesados, selañó: i) Existe el Poder Notariado “1793/2002”, conferido por María Cristina Santos Mamani a favor de Javier Santos Farfán Laime y también otro concedido por los hijos de aquella; estando dentro de sus facultades, las de ejecutar mandamiento en el proceso ordinario civil de reivindicación entre ellos el de desapoderamiento; y, ii) El art. 811 del CC, señala que el mandato no solo comprende los actos para los cuales fue conferido, sino también aquellos que son necesarios para su cumplimiento, normativa que se encuentra en estrecha relación con el art. 62 del CPC, de manera tal que no se puede alegar una falta de personería o insuficiencia de mandato, por lo que corresponde al Tribunal de garantías denegar la tutela solicitada.