SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0245/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0245/2015-S2

Fecha: 26-Feb-2015

II.3.

II.3.    A través del memorial presentado el 13 de febrero de 2014, los accionantes interpusieron recurso de apelación incidental contra la Resolución 007/2014, señalando que: a) La tramitación previa de la vía civil no es un requisito “Sine Cuanon” (sic), para habilitar la jurisdicción penal, pues el tipo penal de despojo es autónomo y en sus elementos constitutivos no contempla el antejuicio; b) Los argumentos de la desestimación de su querella y acusación privada no tienen asidero legal debido a que el Juez de Partido Mixto y de Sentencia Penal considera al antejuicio como uno de los requisitos esenciales de los elementos constitutivos del tipo penal, cuando se refiere al sujeto pasivo de la pretensión penal; c) No formalizaron querella y acusación particular solo por el delito de despojo, sino también por los de alteración de linderos agravada e insultos y otras agresiones verbales por motivos racistas o discriminatorios, de los que la señalada autoridad no se pronunció; y, d) Se direccionó el hecho a otros tipos penales inaplicables al caso, comprometiendo de esa manera el referido Juez su imparcialidad, al señalar que el avasallamiento está tipificado en los arts. 337 bis y 351 bis del CP, cuando es un delito de acción pública y no de índole privada; argumentos por los cuales solicitaron al Tribunal de alzada, admita el recurso declarando la procedencia del mismo y revoque la resolución impugnada, disponiendo la admisión de la querella y acusación particular formalizada (fs. 13 a 16 vta.).