Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2015
Fecha: 19-Mar-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes demandan la nulidad de la RA 018/2012, publicada el 3 de abril de 2013, emitida por el Director del SEDES de La Paz, alegando que las autoridades recurridas dictaron la misma sin competencia que emane de la ley y por funcionario que cesó en sus funciones, ya que pretende regular los requisitos para la apertura y funcionamiento de establecimientos de salud públicos, seguridad social, privados con o sin fines de lucro, atribución que corresponde a la autoridad de salud representada por el Ministerio de Salud. No obstante, que la Resolución fue impugnada a través de los recursos de revocatoria y jerárquico, pero fue confirmada.
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.2. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Admisión y citaciones
- 1)
- i)
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad
- III.2. De la duplicidad de recursos
- III.3. Análisis del caso concreto
- INFUNDADO