SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0048/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0048/2015

Fecha: 26-Mar-2015

6.

6.    La finalidad de la norma objetada, es que en el ejercicio de la potestad tributaria tanto del nivel central del Estado como de las ETA, no se produzca la creación de impuestos sobre hechos imponibles análogos que correspondan a otro dominio tributario, generando una doble imposición por el mismo hecho y un posible conflicto de competencias entre las diferentes facultades tributarias del Estado, situación que afectaría la seguridad jurídica de los contribuyentes al momento de pagar el impuesto. Al respecto, el art. 323.IV de la CPE, establece que los gobiernos autónomos municipales con atribuciones para la creación de tributos no podrán crear impuestos cuyos hechos imponibles sean análogos a los impuestos nacionales, departamentales o municipales existentes, independientemente del dominio tributario al que pertenezcan.