Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0048/2015
Fecha: 26-Mar-2015
Artículo 272.
Artículo 272. La autonomía implica la elección directa de sus autoridades por las ciudadanas y los ciudadanos, la administración de sus recursos económicos, y el ejercicio de las facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva, por sus órganos del gobierno autónomo en el ámbito de su jurisdicción y competencias y atribuciones.
- recurso contra tributos, impuestos, tasas, patentes, derechos o contribuciones especiales
- a)
- I.1.2. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Admisión y citación
- I.3. Alegaciones de las autoridades pertenecientes al órgano que generó la norma impugnada
- 1.
- 2.
- 3.
- 4.
- 5.
- 6.
- I.4. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- “SEGUNDA.
- “Artículo 1.
- Artículo 272.
- Artículo 297
- Artículo 323.
- III.1. Sobre la naturaleza jurídica y los alcances del
- III.2. Análisis del caso concreto
- vulneración de competencias exclusivas de los gobiernos autónomos municipales, por parte del gobierno nacional mediante la Asamblea Legislativa Plurinacional
- IMPROCEDENCIA