Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0174/2015-S3
Fecha: 06-Mar-2015
II.1.2.
II.1.2. Auto de Vista 47/09 de 27 de abril de 2009, emitido por la Sala Social y Administrativa Tercera de la entonces Corte Superior de Distrito Judicial de La Paz -ahora Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que revocó el Auto Interlocutorio 16/2008, y declaró probada la excepción previa de falta de competencia, disponiendo la devolución al juzgado de origen y posterior archivo de obrados (fs. 9 a 14 vta.)
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.1.1.
- II.1.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Reiteración de jurisprudencia sobre la improcedencia de la acción de amparo constitucional cuando opera la subsidiariedad
- ;
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR