SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0210/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0210/2015-S3

Fecha: 12-Mar-2015

II.3.

II.3.  Consta Auto de Vista 70/2014 de 11 de junio, emitido por José Romero Soliz y Gregorio Orosco Itamari, Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro -ahora demandados-, por el cual declararon “procedente en parte y con lugar” (sic) la apelación planteada, señalando que se tenía por enervado el peligro de fuga previsto en el art. 234.1 del CPP, en su componente a la constitución de familia y domicilio, quedando latente el peligro de fuga en relación a la fuente laboral, y por enervado los arts. 234.2 y 10 del CPP, respecto al peligro de fuga y 235.1 y 2 del citado Código, sobre el peligro de obstaculización; en base a lo cual se confirmó en parte la Resolución 290/2014 de 20 de marzo, emitido por el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal del mismo departamento (fs. 66 a 72)