SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0264/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0264/2015-S3

Fecha: 26-Mar-2015

1)

El abogado del accionante ratificó in extenso los términos expuestos en su memorial de interposición de la presente acción y ampliando el mismo señaló que: 1) Lo alegado por la parte demandada no es evidente y que no podía transferirse la caseta en cuestión debido a que la misma no era de propiedad de Marielena Acosta Soruco, puesto que como se indicó en el memorial de interposición de la acción de defensa, se encontraban en posesión de la misma en calidad de inquilinas; y, 2) Se confirmó las medidas de hecho y el daño irreparable que se ocasionó a la accionante, ya que “tiene” a su cuidado a una persona con capacidades diferentes y dos hijos que mantener.