Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0286/2015-s3
Fecha: 19-Mar-2015
I.2.1. Ratificación de la acción
La parte accionante a través de su abogado, ratificó en audiencia el contenido de su memorial de acción de libertad, indicando que su cliente nunca obstaculizó las investigaciones estando siempre predispuesto a colaborar con el esclarecimiento del hecho suscitado por los trabajadores de la empresa, haciendo hincapié en que los delitos son personalísimos y que los perpetradores del hecho habrían fallecido, asimismo reitera que su excepción de extinción de la acción penal presentado el 17 de junio de 2014, por el vencimiento de la etapa preparatoria, hasta esa fecha aún no fue resuelta.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Los alcances de protección de la acción de libertad frente al debido proceso
- III.2. Efecto de la comparecencia voluntaria del rebelde al proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- declarado REBELDE sus solicitudes quedan en suspenso
- CONFIRMAR