SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0296/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0296/2015-S1

Fecha: 20-Mar-2015

i)

René Salomón Mancilla Céspedes y Esteban Monzón Miranda, Jueces Técnicos del Tribunal Primero de Sentencia Penal del departamento de Chuquisaca, en el informe escrito cursante a fs. 51 y vta., indicaron: i) Muchos de los argumentos ahora alegados por la accionante, no fueron invocados en la audiencia de cesación a la detención preventiva, en la que sus abogados se refirieron a documentación relativa a riesgos de fuga que no fueron motivos de su detención preventiva, y no así al peligro de fuga por facilidades de permanecer oculta que fue motivo de su detención; no siendo dichas deficiencias técnicas de la defensa atribuibles a sus personas; ii) Respecto a los problemas de salud relativos al embarazo e infección urinaria que alega la accionante, se tiene que la valoración médica de Régimen Penitenciario no refirió que existiera peligro para la vida de la madre y su hijo en gestación;  la infección urinaria es propia de las mujeres embarazadas, habiendo prescrito tratamiento médico ambulatorio y valoración médica de especialista, sin que la accionante hubiera solicitado hasta la fecha de audiencia orden de salida al efecto; y, iii) Con relación al nuevo argumento de aplicación del Código Niña, Niño y Adolescente, se debe considerar que la sentencia fue dictada con anterioridad a la vigencia de la señalada normativa, siendo la ley que debe regir, la vigente a momento de los hechos.