SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0304/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0304/2015-S3

Fecha: 25-Mar-2015

I.2.2. Informe de la autoridad demandada

No cursa en antecedentes el informe de Rosario Ximena Flores Paniagua, Jueza Quinta de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz -ahora demandada-; no obstante, de la lectura del acta de audiencia de la presente acción de libertad (fs. 8) y de la Resolución del Tribunal de garantías (fs. 9), puede evidenciarse que la mencionada autoridad judicial remitió su informe, alegando que no pudo cumplir con el plazo establecido por el art. 251 del CPP, debido a que el Secretario del Juzgado a su cargo tuvo que transcribir actas de otros procesos, que se acumularon a razón del turno de fin de semana, imposibilitando material y humanamente la remisión del legajo procesal que hoy se extraña; solicitando al Tribunal de garantías que declare improcedente la presente acción.