Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0313/2015-S1
Fecha: 30-Mar-2015
II.12.
II.12. Por ficha de internación de 5 de septiembre de 2014, el efectivo policial, Cesario Ticona del Módulo Policial “6 de junio” (sic), interna a horas 20:00 a la menor AA, en la Defensoría de la Niñez y Adolescencia 24 horas, señalando que a horas 18:15, se presentaron en esa dependencia la progenitora de AA y su abogado para solicitar que se cite a Alvaro Roguer Monzon Rojas, con “orden de Citación de la Dra. Elizateb Betancourt T. (…) Fiscal de Materia de Cochabamba” (sic), y fue donde recuperó a su hija AA indicando que el padre no tenía la tenencia de la menor (fs. 81).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad y efectivos policiales demandados
- concedió
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. La importancia del derecho a la libertad personal y su protección a través de la acción de libertad
- interés superior
- prioridad del interés superior de la niña, niño y adolescente
- III.4. De la acogida circunstancial de menores de edad
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 20