Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0316/2015-S1
Fecha: 30-Mar-2015
II.1.
II.1. Por Resolución 002/2012 de 3 de enero, el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal de El Alto del departamento de La Paz, dentro del proceso penal seguido contra del accionante, por la presunta comisión del delito de violación de niño, niña o adolescente, dispuso la detención preventiva del mismo en el Penal de San Pedro del citado departamento (fs. 3 a 4); asimismo, de la Resolución 30/2014 de 13 de agosto, emitido por el Tribunal Segundo de Sentencia Penal de la citada urbe, se extrae que se dispuso la cesación de la detención preventiva aplicándose en su sustitución detención domiciliaria sin salida laboral, entre otras medidas impuestas (fs. 16 a 18).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- indebida persecución o privación de libertad
- el carácter correctivo, tiene por objeto evitar se agraven las condiciones de una persona detenida
- evitar se agraven las condiciones de una persona detenida
- probablemente autora de una infracción
- atribución privativa del juez que ejerce el control jurisdiccional
- atribución de la jurisdicción ordinaria
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR