Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0316/2015-S1
Fecha: 30-Mar-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante señaló que en el proceso penal seguido en su contra, estando con medida sustitutiva de detención domiciliaria, sin salida laboral, se convocó a audiencia conclusiva para el 18 de diciembre de 2013, actuado con el que se le pretendió notificar el 16 del mismo mes y año, en el que falsamente se informó que su persona salió a trabajar; prueba ilegal e indebida en la que el tribunal de alzada se basó para revocar la detención domiciliaria y disponer su detención preventiva.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- indebida persecución o privación de libertad
- el carácter correctivo, tiene por objeto evitar se agraven las condiciones de una persona detenida
- evitar se agraven las condiciones de una persona detenida
- probablemente autora de una infracción
- atribución privativa del juez que ejerce el control jurisdiccional
- atribución de la jurisdicción ordinaria
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR